martes, 27 de diciembre de 2011

OTRO VERANO SIN LEY PARA EL CONTROL DE CUATRICICLOS

Con los cuatris se puede hacer cualquier cosa


Un proyecto que apunta a regular la circulación y condiciones de uso de esos vehículos quedó trabado en la Legislatura 

En la agenda de proyectos de leyes pendientes de tratamiento que deja el cierre del período de sesiones en la Legislatura bonaerense está la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo a principios de año y que apunta a regular en la Provincia la circulación de cuatriciclos y restringe su uso a lugares especialmente habilitados para ello.

La iniciativa fue girada a la Legislatura en marzo de 2011, al cabo de una temporada de verano que reinstaló con fuerza la polémica por el uso por parte de menores de edad de estos vehículos en las playas y ciudades balnearias bonaerenses. A fines de enero, en el balneario La Frontera de Pinamar, un chico de seis años había embestido a otro de cuatro, que sufrió heridas en el tórax y en las piernas y debió ser hospitalizado, en uno de los accidentes más graves con cuatriciclos.

Pero a lo largo del año la iniciativa no logró sortear la instancia de debate en las comisiones. En la Cámara de Diputados, además, hay otro proyecto ingresado en 2010 por el actual presidente del bloque del Frente para la Victoria Juan De Jesús, que plantea medidas similares de control para la circulación de este tipo de vehículos y que no consiguió avanzar.

REGULACIONES PROPUESTAS

El proyecto, elaborado por la Gobernación y remitido a la Legislatura, prevé la incorporación de un capítulo específico en la Ley de Tránsito Provincial -Nº 13.927-, que es la norma que regula la circulación de vehículos llamados "fuera de ruta", entre los que se encuentran los cuatriciclos, triciclos y vehículos cuatro por cuatro.

La iniciativa prohíbe circular con triciclos motorizados y cuatriciclos en rutas, autopistas, semiautopistas y autovías de jurisdicción provincial o nacional que se encuentren dentro del territorio de la Provincia.

Se establece que estos motovehículos sólo puedan circular -a menos de 40 km por hora- en caminos rurales y zonas geográficas habilitadas por los municipios, "debiendo ser trasladados en tráiler hasta esos lugares".

Estarán exceptuados de esas exigencias aquellos que participen de actividades deportivas y cuenten con autorización expresa de la autoridad competente.

Fuera de las rutas provinciales, los cuatriciclos tendrán una limitación en la circulación que será determinada por los municipios -de acuerdo a la facultad que les otorgaría este nuevo capítulo de la ley de tránsito- estableciendo las zonas habilitadas, y de acuerdo a su estructura geográfica, podrán autorizar ciertas zonas de circulación, como pueden ser las riberas de los ríos y del mar.

La letra propuesta por el Ejecutivo provincial determina asimismo que en áreas naturales protegidas no podrán circular en caravana de más de cuatro vehículos de este porte, ni la circulación a la par de más de dos, ni estará permitida la concentración de más de 15 cuatriciclos sin autorización previa de la autoridad competente.

Según establece la iniciativa oficial, estos vehículos también deberán cumplir con los sistemas y condiciones de seguridad, iluminación, documentación y otros requerimientos exigidos en las normas de tránsito vigentes para los vehículos automotores. Sólo así podrán circular, mientras que además sus conductores y acompañantes deberán cumplir las exigencias normativas impuestas.

www.eldia.com.ar

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